La auditoría interna es la actividad independiente, objetiva y asesora que contribuye a que se alcancen los objetivos institucionales, mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de la administración del riesgo, del control y de los procesos de dirección en las entidades, proporciona a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del jerarca y la del resto, de la administración se ejecuta conforme al marco legal y técnico y a las prácticas sanas.
La Ley N 8292 Ley General de Control Interno, en la sección IV articulo 35 indica lo siguiente:
Artículo 35 Materias sujetas a informes de auditoría interna. Los informes de auditoría interna versarán sobre diversos asuntos de su competencia, así como sobre asuntos de los que pueden derivarse posibles responsabilidades para funcionarios, ex funcionarios de la institución y terceros. Cuando de un estudio se deriven recomendaciones sobre asuntos de responsabilidad y otras materias, la auditoría interna deberá comunicarlas en informes independientes para cada materia.
Los hallazgos, las conclusiones y recomendaciones de los estudios realizados por la auditoría interna, deberán comunicarse oficialmente, mediante informes al jerarca o a los titulares subordinados de la administración activa, con competencia y autoridad para ordenar la implantación de las respectivas recomendaciones.
La comunicación oficial de resultados de un informe de auditoría se regirá por las directrices emitidas por la Contraloría General de la República.
Región de Acordeón |
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De acuerdo al Decreto Ejecutivo N°43525 -MP-H-MICITT-MIDEPLAN-MJP-MC "Fomento del Gobierno abierto en la administración pública y creación de la Comisión Nacional para un Estado abierto", al Decreto Ejecutivo N° 39753-MP "Deber de la Administración Central de cumplir con las obligaciones derivadas del Sistema de Control Interno" y la Directriz N°058MP "Cumplimiento por parte de la Administración Descentralizada de las obligaciones derivadas del Sistema de Control Interno" y en el marco del cumplimiento con el objetivo del compromiso de la Estrategia Nacional de Gobierno Abierto denominado "Publicación de informes de cumplimiento por la administración, de las recomendaciones de las Auditorías Internas".
El objetivo en torno al compromiso que comprende la MACU consiste en "Publicar los informes sobre las recomendaciones de las Auditorías Internas y el cumplimiento de la Administración Activa del Estado, así como los datos de respaldo de las evaluaciones de auditoría; a través de las páginas institucionales y plataformas de gobierno abierto."
Dicho compromiso se basa en las "Normas para el ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público", la cual fue aprobado por la Contraloría General de la República, reafirmando el rol de control que cumplen las auditorías como apoyo y fiscalización de la gestión institucional costarricense.
En la Ley General de Control Interno en su artículo 12 se establece que es deber del jerarca y sus titulares subordinados, el tomar de inmediato las acciones correctivas pertinentes de las observaciones, recomendaciones y disposiciones formuladas por la auditoría interna de cada entidad. Dado lo anterior, se adjunta la Matriz de Cumplimiento de los Informes de Auditoría (MACU).
Informe Segundo semestre 2024. Ver informe
Informe Primer semestre 2024. Ver informe
Informe Segundo semestre 2023. Ver informe
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Última actualización 19/06/2025
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